Esta estimación tarifaria servirá para que las partes tengan conocimiento aproximado de los correspondientes importes, en orden a presupuestar y prever su pago o cobro. Recibidas las obras y liquidados los contratos de ejecución de obras y servicios de asistencias técnicas asociadas a las mismas, si correspondiese, se producirá un último pago o abono por las partes en los porcentajes establecidos en el esquema financiero pactado en la Cláusula III.a), calculado como la diferencia entre la inversión real realizada y las aportaciones anteriormente realizadas. Previamente, se informará de dicha liquidación a la Comisión de Seguimiento del Convenio a que se refiere su Cláusula VII, que deberá aprobarla.
Finalizado el segundo año para el cual se ha dado la previsión de tarifas, en el primer trimestre, se calculará la compensación por desviaciones de los costes facturados en los dos años anteriores, obteniéndose la diferencia entre los gastos realmente incurridos por ACUAES y los que sirvieron en su día para el cálculo de la misma, incluidos los gastos financieros originados por las diferencias temporales entre los pagos realizados por ACUAES y los realizados por LA MMCG. El inicio de la facturación de la tarifa aquí regulada, coincidirá con la puesta en explotación de las infraestructuras, hito que vendrá marcado con el Acta de finalización del periodo de puesta en marcha y el correspondiente Acta de cesión a LA MMCG e inicio de explotación. En caso de que LA MMCG no atendiera tales obligaciones, ACUAES adoptará las medidas precisas para la conservación y explotación, repercutiendo los costes en los que incurra a LA MMCG.
INFORMACIÓN CARRERA
Todos los costes directos e indirectos en los que, en su caso, incurra ACUAES para la correcta supervisión de la explotación de la infraestructura hidráulica objeto del Convenio serán repercutibles en las tarifas que más adelante se establecen. • Coste de todos los contratos necesarios, previos o a establecer para la adecuada ejecución de las obras, ya sean de redacción de estudios, anteproyectos, proyectos básicos o proyectos, de servicios de consultoría y asistencia técnica, procesos judiciales y arbitrales o de cualquier otra naturaleza o https://mmgranada.es de cualquier otra naturaleza derivados de los citados contratos (con la excepción indicada más abajo). Quedan incluidos los costes de inversión incurridos por ACUAES hasta la suscripción del presente documento consecuencia de los costes asociados a la redacción de los proyectos y los costes internos activados. • El coste de ejecución final de las obras, entendiendo incluidos en el mismo, todos los gastos necesarios del periodo de seis meses de puesta en marcha de las instalaciones objeto del presente Convenio (no se incluirán los gastos de puesta en marcha que pudieran devengarse con posterioridad al periodo de seis meses indicado).
En la proposición presentada, la formación acusa a la Consejería de Sanidad de haber actuado sin el rigor necesario, así como sin planes de contingencia para abordar la crisis sanitaria, poniendo en peligro tanto a los pacientes como a los trabajadores. «Actuaciones que afectan significativamente a Getafe donde han fallecido más de 200 personas en residencias de mayores, el Hospital ha estado colapsado durante todo el tiempo que ha durado el pico de la pandemia y las urgencias vuelven a mezclar a pacientes que presentan síntomas de Covid-19», ha indicado el portavoz del grupo municipal, Jesús Pérez. Para ello, la formación pide al Ayuntamiento de Getafe que abra las Lagunas de Horna a la ciudadanía, con un horario de apertura y los servicios necesarios para ello, y exige a la Comunidad de Madrid y al Consistorio que establezcan medidas de vigilancia y control del espacio natural, de forma continuada.
Si por circunstancias sobrevenidas, constatadas en la Comisión de Seguimiento del Convenio y aprobadas por la misma, se produjera un incremento del gasto sobre el presupuesto establecido en la Cláusula I.c), para cada una de las actuaciones, ello conllevará la tramitación y aprobación de la oportuna Adenda al presente Convenio. Facilitar la ejecución de las obras y su convivencia con el funcionamiento del sistema de saneamiento y depuración de los municipios. La redacción de los anteproyectos o proyectos constructivos, así como su modificación, y la redacción de anteproyectos o proyectos constructivos complementarios, ajustándose, en todo caso, al procedimiento establecido por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD) para su aprobación. Manifestando su conformidad con todo lo anterior, las partes que intervienen firman cuatro ejemplares del presente documento, en el lugar y fecha al comienzo indicados, quedando un ejemplar en poder de cada una de ellas. • Hacer constar en las memorias justificativas que se redacten, así como en los trabajos, las actividades, las publicaciones, los documentos, los actos públicos relacionados con la finalidad del Convenio, la imagen corporativa de la Dirección General de Fondos Europeos, así como el emblema de la Unión Europea, la referencia al FEDER y el lema «Una manera de hacer Europa».
- Por parte de ACUAES, en los plazos legalmente establecidos, se dará información al Tribunal de Cuentas conforme al procedimiento establecido por éste.
- Por tanto resulta admisible, la inscripción de la adjudicación que mediante convenio regulador se realice respecto de los bienes adquiridos vigente el matrimonio, como sucede en el supuesto que nos ocupa.
- Igualmente se comunicarán las modificaciones, prórrogas o variaciones de los plazos establecidos, así como la alteración de los importes de los compromisos económicos asumidos a recoger en las correspondientes Adendas al mismo, así como la extinción del Convenio.
- • Del presente Convenio, una vez suscrito, se remitirá por parte de la Consejería copia en formato electrónico a la Cámara de Cuentas de Andalucía en los plazos legalmente establecidos.
- En consecuencia, LA MMCG no aportará fondos para la inversión, siendo su papel el de asumir la gestión de la explotación de la infraestructura una vez finalizadas las obras.
- • Hacer constar en las memorias justificativas que se redacten, así como en los trabajos, las actividades, las publicaciones, los documentos, los actos públicos relacionados con la finalidad del Convenio, la imagen corporativa de la Dirección General de Fondos Europeos, así como el emblema de la Unión Europea, la referencia al FEDER y el lema «Una manera de hacer Europa».
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Y, se suspende la inscripción solicitada al establecerse de forma expresa en el fallo del decreto de divorcio de mutuo acuerdo que no se aprueban judicialmente las estipulaciones quinta y sexta del convenio regulador de 29 de noviembre de 2.023, relativa a la liquidación de gananciales, que “no podrán ser objeto de ejecución en esta jurisdicción, sin perjuicio de su valor como negocio jurídico privado entre las partes firmantes”. En el supuesto que nos ocupa los bienes objeto de inscripción han formado parte del haber ganancial, otorgándoseles ese carácter en la propia escritura de compraventa, cuyo original obra en poder del Registro de la Propiedad [sic] de Rota. Por tanto, su adjudicación a una de las partes mediante convenio regulador, en el seno de un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, no excede en absoluto del contenido típico y normal de una liquidación de sociedad de gananciales, constituyendo un negocio jurídico perfectamente válido entre las partes.
Visto artículos 3 y 9 de la Ley Hipotecaria, 51 de su Reglamento, artículos 207, 457, 524 y 525 de la L.E.C. Las opiniones de los clientes, incluidas las valoraciones del producto, ayudan a otros clientes a obtener más información sobre el producto y a decidir si es el adecuado para ellos. «Afirmación que es contradictoria con la vivencia de los vecinos y vecinas de Getafe que en numerosas ocasiones se encuentran los contenedores llenos cuando van a tirar la basura», apunta la formación.
Ello sin perjuicio de la liquidación de las cantidades pendientes previstas en las cláusulas III y IX. En estos supuestos, se establecerá, en función de la causa concreta y a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas, con indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, como corresponda en derecho. • Permite a La Consejería cumplimentar el ejercicio de sus competencias de auxilio a entidades locales en materia de saneamiento y depuración de instalaciones de carácter municipal y supramunicipal declaradas de interés autonómico (además de interés general del Estado, es decir, disponen de doble declaración), asumiendo el compromiso de financiar la parte que corresponda, en las condiciones y plazos que se recogen en este Convenio. • La depuración de las aguas residuales urbanas, que comprende su interceptación y el transporte mediante los colectores generales, su tratamiento y el vertido del efluente a las masas de agua continentales o marítimas.
M. P. V., Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado [sic] de Primera Instancia Número 23 de Sevilla, no resulta su firmeza. El concepto de firmeza es unitario para el ordenamiento jurídico en su conjunto, siendo firmes según el artículo 207.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil aquellas resoluciones contra las que no cabe recurso alguno. Todo ello se encuentra motivado en la prescripción de la indefensión establecida en el artículo 24 de la Constitución Española y su corolario registral de salvaguardia registral de los asientos, que impiden practicar determinados asientos que perjudiquen a titulares registrales que no han tenido en el procedimiento la intervención prevista en las leyes para evitar su indefensión. LA MMCG no podrá invocar el impago de las tarifas por parte de los usuarios finales, ni los ocasionales fallos producidos por causa de fuerza mayor, para excusar el pago de las contraprestaciones, viniendo obligada a realizar lo necesario para arbitrar los fondos precisos para el pago, haciéndose cargo, además, de las consecuencias de la mora en el mismo. A estos efectos deberá prever las exacciones fiscales suficientes a repercutir entre los usuarios de la infraestructura, de forma que la recaudación obtenida alcance el importe de la las tarifas y aportaciones comprometidas en este Convenio. El presupuesto de las tarifas se comunicará formalmente a LA MMCG para los dos años siguientes durante el trimestre anterior al año de aplicación, determinándose su cuantía en función de lo establecido en la anterior letra a) de esta Cláusula.
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